Charla en la Casa de la Marquesa sobre el Fondo de Garantía del Pago de Alimentos

Cartel anunciador de la charla. El Ayuntamiento de Almodóvar del Campo y el Centro de la Mujer han organizado para la tarde de mañana jueves, 3 de abril, a partir de las 18,30 horas en el Centro Cultural ‘Casa de la Marquesa’, una charla informativa en torno al fondo de garantía del pago de alimentos, dirigida fundamentalmente a mujeres que no perciben la pensión de alimentos.

Este fondo de garantía del pago de alimentos permite asegurar unos mínimos en el cobro de las pensiones alimenticias de los hijos, acordadas en resolución judicial, cuando éstas no son abonadas por el obligado a su pago. Estas cantidades concedidas por el Fondo de garantía del pago de alimentos se limitarán a dieciocho meses y tendrán una cuantía máxima de cien euros para cada menor beneficiario.

Según informa Ana Portillo, responsable del área jurídica del Centro de la Mujer almodovareño, “con el Fondo de Garantía para el pago de alimentos, el Estado pretende cubrir las carencias económicas existentes de todas aquellas mujeres que no perciben la pensión de alimentos que les fue concedida a sus hijas e hijos por incumplimiento de pago de sus ex parejas mediante el adelanto por parte del Estado de ciertas cantidades, una vez se cumplan ciertos requisitos”.

El órgano competente es la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas y todo el procedimiento se inicia a solicitud del interesado, concretamente por parte de un miembro de la unidad familiar que tenga la guarda y custodia del menor beneficiario del anticipo.

Para su reconocimiento es necesario el testimonio del convenio judicialmente aprobado o de la resolución judicial que reconozca el derecho a alimentos, así como el testimonio que acredite que se ha instado su ejecución; una certificación expedida por el Secretario Judicial que acredite el resultado infructuoso de la ejecución y, finalmente, el Libro de familia o certificación de nacimiento del o de los beneficiarios.

Cabe destacar también que se reconoce asistencia jurídica gratuita a las mujeres que sufren impago de pensiones de alimentos y/o compensatorias establecidas en la sentencia judicial.

El impago de dichas pensiones se considera una forma más de maltrato hacia la mujer; quien se ve privada de los recursos económicos necesarios e imprescindibles para satisfacer las necesidades materiales de los hijos/as. El impago de dichas pensiones está tipificado como delito en el Código Penal.

Los servicios provinciales del Instituto de la Mujer y el Centro de la Mujer aportan la cobertura necesaria a las personas afectadas por esta situación.